(LEÓN BENDESKY. LA JORNADA)
El caso de Estados Unidos no es una referencia apropiada para considerar la elección de jueces federales, según la reforma al Poder Judicial que promueve el gobierno y cuya aprobación está en curso. De acuerdo con la cláusula de designaciones del artículo dos de la Constitución de aquel país, todos los jueces federales, incluyendo los de la Suprema Corte y las cortes federales inferiores creadas por el Congreso, han de ser nominados por el presidente y confirmados por el Senado.
La manera de conformar el cuerpo de los jueces es, evidentemente, un asunto de suma relevancia por el sentido mismo e inmediato de la procuración de justicia. Pero se extiende a la cuestión esencial de un sistema democrático que es el de la división de poderes.
En México, el Poder Judicial de la Federación está integrado, entre otros, por los ministros de la Suprema Corte de Justicia, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados de los tribunales de circuito y los jueces de distrito; forma parte también el Consejo de la Judicatura Federal, responsable del instituto que forma magistrados, jueces, secretarios y actuarios dentro de una carrera judicial.
En el boletín No. 0023 del 3 de septiembre pasado, la Cámara de Diputados informó de la aprobación del dictamen por el que se reforman disposiciones de la Constitución Política relativas al Poder Judicial. Ahí se establece un proceso de elección por voto popular para magistrados y jueces de circuito, ministros de la Suprema Corte de Justicia; magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y magistrados electorales de la sala superior del Tribunal Electoral (https://bit.ly/3Thi9Lh).
La disposición del uso del voto popular para la elección de jueces propuesta en la reforma judicial no tiene parangón. Esta cuestión pone a los ciudadanos en una situación muy comprometida por el hecho de someterlos a una responsabilidad electoral sobre la cual no hay bases de información y de conocimientos suficientes para ejercer el voto de modo razonable y efectivo. Si los legisladores son prácticamente desconocidos para los ciudadanos y eso conlleva ya una suerte de debilitamiento real del orden democrático, en el caso del sistema de justicia el asunto es grave. No hay premisas ni argumentos suficientemente sustentables de orden político, legal e institucional para afirmar que el voto popular, como medio de seleccionar a los jueces, sea una opción superior a la que hoy existe en el país. Lo que no significa que el actual sistema no requiera de compostura, como cualquier otra institución del Estado.
El Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal 2023 levantado por el Inegi indica que al cierre de 2022 el Poder Judicial de la Federación contó con mil 496 órganos, 941 de lo cuales eran de índole jurisdiccional y 555 eran órganos o unidades administrativas; mil 423 de dichos órganos corresponden al Consejo de la Judicatura Federal. Estos se conformaban por 270 tribunales colegiados de circuito; 25 tribunales unitarios de circuito; 39 tribunales colegiados de apelación; 449 juzgados de distrito, y 93 tribunales laborales federales. Este señalamiento indica la magnitud e inoperancia práctica, funcional y política a la que se pretende someter a los ciudadanos mediante el voto popular para la elección de jueces. No hay manera de que se tenga un criterio mínimamente válido, sustentado y realista para ejercer el derecho al voto en este terreno.
Además, hay un asunto clave en la base de todo este mecanismo de selección de los jueces que aparecerán en las boletas electorales y se refiere al mero llenado, que será imposible materialmente para la gente en las urnas. Esto debería por sí mismo ser un criterio para evitar este esquema que se prestará a la manipulación y la coacción. El asunto no puede ser desestimado, pues la gente no puede conocer la estructura del sistema legal, la composición, las funciones y la relevancia de lo que hacen los distintos jueces.
El voto es un derecho de los ciudadanos, pero la gente no está obligada a convertirse en especialista electoral para decidir cómo votar y menos en una propuesta tan desorbitada como esta. Y todos lo saben. Es previsible lo que puede pasar en cuanto a la manipulación de los votos, empezando por el asunto crucial de quién y cómo designará a los candidatos a todos esos puestos especializados. Ahí está el quid de la cuestión. Así habrá un gran espacio para inyectar la política, tener el control y abrir a otros intereses la injerencia en el poder judicial. Este debe ser independiente de los otros dos poderes.
El diablo está en los detalles, lo que pone en cuestionamiento el sentido mismo del voto popular para elegir a los jueces.