(VÍCTOR FUENTES. REFORMA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó hoy que varios bancos incurrieron en prácticas monopólicas absolutas, por manipular el mercado de intermediación de deuda emitida por el Gobierno federal.
Por unanimidad, la Segunda Sala de la Corte negó a Bank of America (BofA) el primer amparo contra las multas impuestas en enero de 2021 por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
Los bancos sancionados, además de BofA, fueron BBVA, Santander, Barclays, Deutsche Bank, Citibanamex y JP Morgan, aunque las multas fueron menores, porque se tuvo que aplicar la ley de competencia vigente en la época de los hechos y no la que entró en vigor en 2014.
Las multas sumaron 35.7 millones de pesos y derivaron de una investigación de más de cuatro años en la que Cofece determinó que once ejecutivos, conocidos como traders, se pusieron de acuerdo -vía mensajes de texto- para incrementar los precios de las emisiones de deuda gubernamental en el mercado secundario, entre 2010 y 2013.
En el caso del BofA, la Corte confirmó una multa de 5.3 millones de pesos, y rechazó todos los argumentos contra la decisión de la Cofece, y contra la sentencia de primera instancia en la cual el ex juez Juan Pablo Gómez Fierro negó el amparo.
El fallo niega que hubiera existido una intervención indebida a comunicaciones privadas, porque Barclays y Deutsche aportaron voluntariamente los chats, que fueron generados en plataformas de Bloomberg y Reuters y se refirieron a un mercado público de deuda, no a cuestiones privadas o personales. También rechaza alegatos sobre la cadena de custodia o posible manipulación de los chats.
BofA alegó que la sanción estuvo mal calculada, porque la mayoría de los chats no permiten concluir si hubo daños a los consumidores, o si el banco tuvo ganancias indebidas, e incluso afirmó que tuvo minusvalías por algunas de las operaciones.
Pero la Corte respondió que la Cofece tiene amplias facultades para diseñar su sistema de sanciones, y que las prácticas monopólicas de este tipo-colusión entre competidoresse pueden castigar, aún si no resultan en aumentos de precios o daños concretos a los consumidores.
También fueron rechazados argumentos formales sobre incompetencia de la Cofece para sancionar al sector bancario, doble sanción por la existencia de procedimientos paralelos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), violación al principio de no auto incriminación y caducidad del procedimiento de investigación.
La revisión final del amparo de BofA fue atraída por la Sala en junio de 2024, y se trata de uno de los pocos casos de prácticas monopólicas en que la Corte ha aceptado intervenir para revisar la actuación de la Cofece, pues la mayoría de los asuntos que resuelve sobre competencia se refieren sólo a la Constitucionalidad de las leyes respectivas.
Los otros bancos tienen sus propios amparos, y aunque es poco probable, alguno de ellos todavía podría obtener sentencia favorable, si hay elementos distintos a los del caso de BoFa que le puedan favorecer.
