¿Que significa tener derecho a decidir?

CATALINA MONREAL PÉREZ. EXCÉLSIOR

En México, la interrupción legal del embarazo sólo es posible en nueve de las 32 entidades federativas: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Coahuila, Baja California, Baja California Sur, Colima, Sinaloa y Guerrero. Legalmente, en todo el país se puede obtener un aborto si se cumplen ciertas condiciones. La principal es que el embarazo sea consecuencia de una violación.

Legalmente se ha aceptado que esta condición es suficiente para que se pueda decidir sobre si continuar o no con el embarazo. No obstante, en la práctica, aun cuando se cumple este criterio —y sabemos que, según un análisis académico de los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, estima que, en promedio, hay 60 violaciones denunciadas al día—, se impide el proceso hasta que las mujeres estén fuera del rango permitido de ley.

Existen casos que manifiestan muy bien por qué hay que enfocar el debate en términos de salud pública y discriminación. Casos como el de Paulina del Carmen Ramírez Jacinto, de Baja California. En 1999, cuando tenía 13 años, fue violada tumultuariamente. El Ministerio Público autorizó el aborto, pero el entonces director del Hospital General de Mexicali, junto con otras autoridades, entorpecieron el proceso, al grado de mentirle a la niña para que desistiera de su derecho. Paulina demandó al Estado mexicano. Ganó el caso, logrando probar que México había incurrido en negligencia al negarle el derecho al permitir que funcionarios públicos entorpecieran el ejercicio de su derecho. Es por esto que se determinó que el Estado mexicano tendría que pagar una indemnización por esta negligencia y apoyar en la manutención de su hijo.

O como en Guanajuato, donde, de 2000 a 2008, 130 mujeres fueron denunciadas, en su mayoría por médicos de hospitales públicos, cuando ingresaron por casos de aborto espontáneo, 11 fueron procesadas; nueve, sentenciadas, y 14 encarceladas. En nueve casos, las sentencias se dictaron por hasta 30 años de cárcel, ya que ni siquiera fueron procesadas por aborto, con penas, en promedio, de cerca de los siete, sino por homicidio agravado. Esto incluso terminó en que el propio Estado mexicano declarara la primera Alerta por Violencia de Género, al determinar que el estado de Guanajuato estaba ejerciendo violencia y discriminación contra sus mujeres.

Paulina era una migrante oaxaqueña en Baja California. Las mujeres de Guanajuato, en su mayoría, eran jornaleras agrícolas, algunas de ellas indígenas. Es decir, pertenecían a grupos en una situación de vulnerabilidad tremenda. Porque eso es lo que el debate actual omite, hablar sobre cómo la situación práctica sólo instituye un proceso de revictimización en mujeres que ya han sufrido todo tipo de injurias.

Es por esto que cuando hablamos sobre el derecho a decidir, el caso de Argentina es un ejemplo a seguir. Ahí, el tema del aborto se entabló como un debate de salud pública y su impacto en las mujeres y familias más vulnerables. Esto, sólo en la tercera ocasión que se sometió a discusión. Fue sólo cuando se debatió en este sentido que se despenalizó el aborto en las primeras 14 semanas de gestación y se obligó a las entidades de salud a practicarlo si es necesario, incluso si alguna persona del equipo médico se declara objetor de consciencia. Esto precisamente porque acepta la realidad de que los abortos clandestinos existen y que, sobre todo, perjudican a las mujeres más vulnerables. Son ellas las que mueren o terminan en la cárcel.

Hablamos de un derecho a decidir, porque eso es lo que queremos. Que la decisión caiga sobre la mujer, y que sea ella quien pueda decidir cómo proceder. Será ella quien sabrá si esa decisión corresponde a su fe y moral. La maternidad tiene que reconfigurarse, porque en un sistema donde nuestra maternidad es una de las principales causas de discriminación, el poder decidir ser madres debería ser un derecho primordial.